Test de La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos, responsable y encargado del tratamiento, delegado y autoridades de protección de datos. Derechos digitales. — Administrativo del Estado (C1)
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La protección de datos personales es un derecho fundamental regulado principalmente por el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Su conocimiento es esencial para el administrativo del Estado, tanto en la gestión de procedimientos como en el cumplimiento normativo.
Principios fundamentales del tratamiento de datos
- Licitud, lealtad y transparencia: el tratamiento debe ser legal, justo y comprensible para el interesado
- Limitación de la finalidad: los datos se recaban solo para fines explícitos, legítimos y determinados
- Minimización de datos: solo se recogen datos adecuados, pertinentes y no excesivos
- Exactitud: los datos deben ser precisos y actualizados
- Integridad y confidencialidad: protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito
- Responsabilidad proactiva: el responsable debe demostrar el cumplimiento normativo
Derechos de los interesados
- Derecho de acceso: obtener confirmación del tratamiento y copia de los datos
- Derecho de rectificación: corregir datos inexactos o incompletos
- Derecho al olvido: solicitar la supresión de datos bajo ciertas condiciones
- Derecho a la limitación del tratamiento: restringir el uso de datos
- Derecho a la portabilidad: recibir datos en formato estructurado y transmitirlos
- Derecho de oposición: rechazar el tratamiento para fines específicos
- Derechos relativos a decisiones automatizadas: no estar sujeto a decisiones basadas únicamente en tratamiento automatizado
Responsable y Encargado del tratamiento
- Responsable: determina los fines y medios del tratamiento; es quien decide qué, cómo y por qué
- Encargado: trata datos por cuenta del responsable, bajo sus instrucciones y contrato de encargo
- En la Administración, el organismo público es generalmente responsable
- El encargado debe garantizar medidas técnicas y organizativas de seguridad
- Ambos tienen obligaciones de documentación y cooperación con autoridades
Delegado de Protección de Datos (DPD)
- Obligatorio en organismos públicos y empresas cuya actividad principal es tratamiento a gran escala
- Actúa como punto de contacto con la autoridad de protección de datos
- Supervisa el cumplimiento normativo y atiende consultas de interesados
- Debe ser independiente y disponer de recursos suficientes
Autoridades de Protección de Datos
- En España: Autoridad Nacional de Protección de Datos (AEPD) y autoridades autonómicas según competencias
- Funciones: investigación, sanciones, asesoramiento y resolución de reclamaciones
- Pueden imponer multas administrativas (hasta el 4% del volumen de negocio global o 20 millones de euros)
Derechos digitales
- Derecho a la educación digital y alfabetización mediática
- Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral
- Protección frente a la brecha digital y acceso a servicios digitales
- Garantías en la identidad digital y firma electrónica
Pregunta 1 de 5Aciertos: 0
Según el RGPD, ¿cuál de los siguientes NO es un principio rector del tratamiento de datos personales?