Test de Ley 39/2015: revisión de actos en vía administrativa y recursos administrativos.Auxiliar Administrativo (Ayuntamientos)

Ficha de teoría — repasa antes del test

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula los mecanismos de revisión y control de los actos administrativos. Es fundamental conocer la distinción entre los recursos administrativos y los medios de revisión, así como sus plazos y requisitos.

Medios de revisión de actos en vía administrativa

  • Definición: procedimientos para corregir errores u omisiones en actos ya dictados, sin necesidad de recurso.
  • Rectificación de errores materiales: corrección de errores de cálculo, escritura o mecanográficos (sin límite temporal).
  • Revisión de oficio: la Administración anula o revoca sus propios actos por razones de legalidad o interés público.
  • Revocación: acto administrativo que deja sin efecto otro anterior por razones de oportunidad o interés público.

Recursos administrativos: concepto y clasificación

  • Recurso de alzada: se interpone ante el órgano que dictó el acto o ante su superior jerárquico.
  • Recurso de reposición: se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto; es previo y voluntario.
  • Recurso extraordinario de revisión: procede por causas tasadas (documentos decisivos desconocidos, cohechos, etc.).
  • Recurso contencioso-administrativo: se interpone ante la jurisdicción contencioso-administrativa (no es vía administrativa).

Plazos de interposición

  • Recurso de reposición y alzada: 1 mes desde la notificación del acto.
  • Recurso extraordinario de revisión: sin plazo fijo, pero debe interponerse en tiempo razonable.
  • Actos presuntos: si la Administración no resuelve en plazo, se entiende desestimado (silencio administrativo negativo) o estimado según la ley.

Requisitos formales

  • Identificación clara del acto impugnado y de quien lo interpone.
  • Exposición de los hechos y fundamentos de derecho.
  • Firma del interesado o su representante.
  • Presentación en el registro del órgano competente.

Efectos de la interposición de recursos

  • Suspensión de la ejecución: el recurso no suspende automáticamente el acto; requiere solicitud expresa.
  • Carácter devolutivo: el recurso devuelve el asunto al órgano competente para nueva resolución.
  • Agotamiento de la vía administrativa: es requisito previo para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Resolución de recursos

  • La Administración debe resolver en plazo (generalmente 3 meses).
  • Silencio administrativo: si no resuelve, se entiende desestimado (silencio negativo).
  • La resolución debe ser motivada y notificada al interesado.
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¿Cuál es el plazo máximo para interponer un recurso de revisión de actos administrativos firmes por causa de nulidad de pleno derecho?