Test de El Personal al servicio de la Administración Pública conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Derechos de los empleados públicos. Régimen disciplinario. — Auxiliar Administrativo — Ayuntamiento de Madrid
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El Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP) es la norma fundamental que regula el estatuto básico del empleado público en España. Esta ficha recoge los aspectos esenciales sobre clases de personal, adquisición y pérdida de la relación de servicio, situaciones administrativas, derechos y régimen disciplinario.
Clases de Personal
- Personal funcionario: vinculado por relación estatutaria, con estabilidad en el empleo y sometido al Derecho Administrativo.
- Personal laboral: vinculado por contrato de trabajo, regido por el Derecho Laboral con especialidades del sector público.
- Personal eventual: contratado para tareas específicas de carácter temporal, sin derechos de estabilidad.
- Personal en prácticas y en período de prueba: categorías transitorias hacia la consolidación de la relación de servicio.
Adquisición de la Relación de Servicio
- Requisitos generales: nacionalidad española (o UE con excepciones), mayoría de edad, capacidad legal, no antecedentes penales, aptitud física y psíquica.
- Para funcionarios: aprobación de oposición o concurso-oposición, superación de período de prueba.
- Para laborales: contratación conforme a convocatoria pública, con período de prueba según convenio.
- Toma de posesión: acto administrativo formal que perfecciona la relación de servicio.
Pérdida de la Relación de Servicio
- Jubilación: por edad (65 años) o voluntaria.
- Renuncia: acto voluntario del empleado, con efectos tras aceptación.
- Muerte o declaración de fallecimiento.
- Despido disciplinario o por causas objetivas (laborales).
- Destitución (funcionarios por falta muy grave).
- Resolución del contrato (personal eventual y laboral).
Situaciones Administrativas
- Servicio activo: situación normal de prestación de servicios.
- Licencia: ausencia temporal con derecho a remuneración (enfermedad, maternidad, etc.).
- Excedencia: suspensión de funciones sin remuneración, conservando derechos.
- Suspensión de funciones: medida disciplinaria o cautelar.
- Excedencia por cuidado de familia: protección de conciliación.
Derechos de los Empleados Públicos
- Retribución íntegra y puntual según categoría.
- Jornada laboral, descansos y permisos regulados por ley.
- Seguridad social y protección de la salud.
- Igualdad de trato, no discriminación.
- Libertad de expresión y asociación sindical.
- Formación y promoción profesional.
- Protección frente a acoso laboral y sexual.
Régimen Disciplinario
- Faltas leves: amonestación o apercibimiento.
- Faltas graves: suspensión de empleo y sueldo (hasta 3 meses).
- Faltas muy graves: destitución (funcionarios) o despido (laborales).
- Procedimiento: comunicación de hechos, derecho de defensa, resolución motivada.
- Prescripción: varía según gravedad (3 meses a 3 años).
- Principios: tipicidad, proporcionalidad, debido procedimiento.
Pregunta 1 de 5Aciertos: 0
¿Cuál de los siguientes es un requisito que puede exigirse para el acceso a un puesto de funcionario de carrera según el TREBEP?