Test de La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (I): el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno.Auxiliar Administrativo — Ayuntamiento de Madrid

Ficha de teoría — repasa antes del test

El Ayuntamiento de Madrid, como corporación local, posee una estructura organizativa definida por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) y por la normativa municipal aplicable. Conocer los órganos de gobierno y sus competencias es fundamental para la oposición de Auxiliar Administrativo.

El Pleno

  • Órgano colegiado integrado por todos los concejales electos.
  • Máxima autoridad deliberante del Ayuntamiento.
  • Funciones: aprobación de presupuestos, ordenanzas, planes de actuación municipal y asuntos de especial relevancia.
  • Sesiones: ordinarias (convocadas periódicamente) y extraordinarias (por asuntos urgentes).
  • Quórum: mayoría simple de concejales para sesión válida; mayoría de votos presentes para acuerdos ordinarios.

El Alcalde

  • Presidente del Pleno y de la Junta de Gobierno.
  • Representante legal del Ayuntamiento.
  • Elegido por el Pleno de entre sus miembros (según LRBRL).
  • Funciones: dirección política, ejecución de acuerdos, jefatura de personal, relaciones institucionales.
  • Delegación de funciones en Tenientes de Alcalde y concejales responsables de áreas.
  • Responsable ante el Pleno de su gestión.

Los Tenientes de Alcalde

  • Concejales designados por el Alcalde para colaborar en funciones específicas.
  • Sustituyen al Alcalde en caso de ausencia, enfermedad o vacante.
  • Pueden asumir delegaciones de competencias en áreas concretas (Hacienda, Servicios Sociales, etc.).
  • No tienen carácter de órgano colegiado; actúan individualmente en sus delegaciones.
  • Su número y áreas dependen de la estructura política y presupuestaria de cada legislatura.

La Junta de Gobierno

  • Órgano colegiado de carácter ejecutivo.
  • Integrada por el Alcalde (presidente) y los Tenientes de Alcalde.
  • Funciones: ejecución de acuerdos del Pleno, adopción de decisiones ejecutivas, gestión ordinaria.
  • Sesiones: ordinarias y extraordinarias, convocadas por el Alcalde.
  • Acuerdos: por mayoría simple de asistentes.

Relación entre órganos

  • El Pleno establece la política municipal; Junta de Gobierno y Alcalde la ejecutan.
  • Control: el Pleno supervisa mediante mociones, preguntas e interpelaciones.
  • Responsabilidad: Alcalde y Junta responden ante el Pleno.

Normativa aplicable

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL.
  • Ordenanzas y reglamentos municipales del Ayuntamiento de Madrid.
  • Consulta la convocatoria oficial para referencias normativas específicas.
Pregunta 1 de 5Aciertos: 0

En caso de ausencia temporal del Alcalde, ¿en quién recae la dirección del Ayuntamiento?