Test de Noción de Derecho Procesal Penal. Concepto de jurisdicción y de competencia. Los órganos de la jurisdicción penal. Concepto de denuncia y la obligación de denunciar. La detención: concepto y duración. La obligación de detener. Los derechos del detenido. El procedimiento de habeas corpus. Procedimiento integral de la detención policial. El Ministerio Fiscal: funciones. La Policía Judicial. — Policía Nacional (Escala Básica)
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El Derecho Procesal Penal es la rama que regula el procedimiento para la aplicación de la ley penal, estableciendo las garantías de los derechos fundamentales y el correcto funcionamiento de la justicia. Este tema es fundamental para la Policía Nacional, pues define sus competencias, obligaciones y límites en la investigación criminal.
Noción de Derecho Procesal Penal
- Conjunto de normas que regulan el proceso penal desde el inicio de la investigación hasta la sentencia.
- Garantiza el derecho a la defensa, la presunción de inocencia y el debido proceso.
- Fuentes principales: Constitución Española, Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y leyes especiales.
Jurisdicción y Competencia
- Jurisdicción: poder del Estado para administrar justicia; es única e indivisible.
- Competencia: distribución de la jurisdicción entre los distintos órganos judiciales (territorial, material, funcional).
- Los Juzgados de Instrucción instruyen; los Juzgados de lo Penal juzgan delitos leves y faltas; las Audiencias Provinciales conocen delitos graves.
Órganos de la Jurisdicción Penal
- Juzgados de Instrucción: investigan delitos.
- Juzgados de lo Penal: enjuician delitos menos graves.
- Audiencias Provinciales: enjuician delitos graves y resuelven recursos.
- Audiencia Nacional y Tribunal Supremo: competencia en delitos de especial gravedad.
Denuncia y Obligación de Denunciar
- Denuncia: comunicación de la comisión de un delito a la autoridad competente.
- Obligatoria para funcionarios públicos (incluida la Policía Nacional) cuando tengan conocimiento de delitos.
- Plazo: sin límite temporal específico, pero debe hacerse sin dilación indebida.
- Puede ser verbal o escrita; la Policía levantará acta.
Detención: Concepto, Duración y Derechos
- Detención: privación de libertad por sospecha de delito, medida cautelar personal.
- Duración máxima: 72 horas desde que se comunica al detenido el motivo de la detención.
- Obligación de detener: cuando existe orden judicial o flagrancia delictiva.
- Derechos del detenido: ser informado de derechos, asistencia letrada, intérprete, médico, comunicación con familia, no declarar contra sí mismo.
Habeas Corpus y Procedimiento de Detención
- Habeas corpus: procedimiento urgente para impugnar detenciones ilegales o prolongadas indebidamente.
- Procedimiento de detención policial: comunicación de derechos → registro → identificación → puesta a disposición judicial antes de 72 horas.
- Prohibidas torturas, tratos degradantes y coacciones.
Ministerio Fiscal y Policía Judicial
- Ministerio Fiscal: representa el interés público; dirige la investigación penal y acusa en juicio.
- Policía Judicial: actúa bajo dirección del Juez y del Fiscal; investiga delitos, detiene, recaba pruebas.
- La Policía Nacional es Policía Judicial en materia de delitos comunes.
Pregunta 1 de 5Aciertos: 0
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿quién tiene obligación de denunciar los delitos?